NUNCA EN DOMINGO

Desde hace años, la radicación de grandes superficies comerciales, la expulsión de mano de obra que provoca en la actividad comercial y su innegable impacto ambiental, ha sido objeto de estudio de organismos universitarios, y motivo de preocupación de distintos legisladores.-

Durante el año ´98, y luego de un profundo estudio de legislación comparada de Europa Occidental en la materia, el Bloque Socialista ingresaba un primer Proyecto de ordenamiento de radicación de grandes superficies comerciales.-

COMO LA INICIATIVA NO MERECIÓ LA ATENCIÓN DEL MENEMISMO LOCAL, LUEGO, TAMBIÉN POR INICIATIVA SOCIALISTA, SE APROBÓ LA LEY Nº 11.947 QUE CREABA "UNA COMISIÓN DE ESTUDIO, ANÁLISIS, COMPETENCIA Y REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD, IMPACTOS Y CONDICIONES DE RADICACIÓN DE LOS HIPER Y MEGA MERCADOS Y CADENAS DE DISTRIBUCIÓN EN EL TERRITORIO PROVINCIAL" , Y AUTORIZABA A "LOS MUNICIPIOS Y COMUNAS A SUSPENDER POR EL TÉRMINO DE 180 DÍAS … LAS AUTORIZACIONES PARA INSTALAR NUEVOS LOCALES COMERCIALES DE LOS DENOMINADOS SUPERMERCADOS, HIPERMERCADOS, MEGAMERCADOS Y LAS CONOCIDAS COMO CADENAS DE DESCUENTO", PRORROGADA LUEGO POR LAS LEYES 12.019 Y 12.042.-

Aunque el mes pasado la Cámara de Diputados dio media sanción a una Ley que ordena la cuestión, no podemos dejar de lamentar la tardanza del reutemismo en asumir la decisión política de legislar en la materia, a tal punto que, de promulgarse finalmente la iniciativa, más que festejar, habría que recordar con un minuto de silencio a los muertos económicos y laborales que cayeron en los últimos tiempos por la impiadosa aplicación de políticas neoliberales.-

Aunque parezca mentira, el debate más prolongado y la más disputada votación se la llevó el Artículo que disponía el descanso dominical, que en el siglo XXI debería ser un debate superado, sobre todo para los hipócritas que para determinadas fechas de la liturgia populista se llenan la boca hablando de justicia social, y a la hora de asumir posiciones políticas progresistas a través del voto se convierten en los más recalcitrantes conservadores.-

El descanso dominical:

A fines del siglo XIX los empleados y obreros trabajaban todos los días del año y más de 12 horas por día, por lo que en la última década del siglo, se agitaba el problema del "descanso dominical".-

El entonces Ministro Joaquín V. González le encomienda al doctor Juan Bialet Massé el primer estudio sobre las condiciones laborales de los trabajadores argentinos, reflejando el informe las miserables condiciones de trabajo, las enfermedades, el alcoholismo, el ultraje a la dignidad humana, etc.-

El Ministro compendió el estudio en un Proyecto de Código del Trabajo y lo envió al Congreso, aunque los legisladores nunca lo trataron.-

Ante la imposibilidad de sancionar una legislación completa, Alfredo L. Palacios propuso comenzar por el descanso dominical, lográndose así sancionar en 1905 la Ley 4.661, primer legislación nacional en la materia.-

En aquel marco legal, el 28 de junio de 1906 - día del décimo aniversario de la Fundación del Partido Socialista -, Santa Fe sanciona la Ley Nº 1.327, que declara obligatorio el descanso hebdomadario.-

Y quince años después, también nuestra Provincia, en épocas en que había liberales que eran demócratas y progresistas, al sancionar la nueva Constitución del ´21 estableció que "el Estado propenderá a mejorar las condiciones de vida y de subsistencia social, fomentando y protegiendo la producción, la cooperación, la mutualidad y el ahorro; proveyendo a la comodidad, salud, seguridad y bienestar general de los obreros, fijando la jornada máxima de trabajo y el salario mínimo ...", declarando "obligatorio en el territorio de la Provincia el descanso hebdomadario, con las excepciones que la ley establezca ...".-

Lo que pretendíamos ahora, era reestablecer en Santa Fe el principio general de cierre del comercio el día domingo, y luego excepcionar los rubros o actividades que en aras del "interés público" deban permanecer abiertos.-

En el efecto práctico, ello implicaba un concepto más amplio de trabajador, incorporando a él a los pequeños y medianos almaneceros y dueños de autoservicios, los pequeños y medianos comerciantes y productores, a quienes se pretendía protegerlos en sus derechos evitando que la competencia desleal de los grandes grupos económicos los lleve a trabajar veinte horas diarias todos los días del año para poder sobrevivir.-

Y para ello la Provincia está facultada por su Constitución, que establece que "la iniciativa económica de los individuos es libre. Sin embargo, no puede desarrollarse en pugna con la utilidad social o con mengua de la seguridad, libertad o dignidad humana. En ese sentido, la ley puede limitarla".-

Es más. Nuestra Constitución también establece que "en la esfera de sus poderes, la Provincia protege el trabajo en todas sus formas y aplicaciones y, en particular, asegura el goce de los derechos que la Constitución y las leyes nacionales reconocen al trabajador".-

Esto es: el argumento de una supuesta "inconstitucionalidad" de la prohibición de apertura comercial los días domingos, está tan alejado de una fiel interpretación jurídica, como emparentado con la defensa de intereses económicos de los poderosos que parecen buscar algunos representantes del pueblo.-

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