Arzobispo de Buenos Aires hace enérgica defensa del descanso
dominical
BUENOS AIRES, 2 Ago. 00 (ACI).- El Arzobispo de Buenos Aires y Primado de la Argentina, Mons. Jorge Mario Bergoglio, elogió la decisión del presidente de CAME (Coordinadora de Actividades Mercantiles Empresarias), Osvaldo Cornide, de presentar un proyecto de Ley al Congreso que consagre el respeto al descanso dominical.
Tras señalar su "más viva adhesión a la acción de ustedes emprendida para poder lograr tan loable finalidad", Mons. Bergoglio recuerda que "es doctrina inspirada del Magisterio de la Iglesia contenida en su Catecismo el siguiente concepto: 'Así como Dios cesó el día séptimo de toda la tarea que había hecho (Gn. 2,2), así también la vida humana sigue un ritmo de trabajo y descanso. La institución del día del Señor contribuye a que todos disfruten del tiempo de descanso y de solaz suficiente que les permita cultivar su vida familiar, cultural, social y religiosa'".
El Prelado recordó que "en la Encíclica Dies Domini (Nš 87), el Papa Juan Pablo II ha reafirmado este tradicional concepto cuando exhorta a los 'queridos hermanos en el episcopado y en el sacerdocio a actuar incansablemente, junto con los fieles, para que el valor de este día sacro sea reconocido y vivido cada vez mejor. Esto producirá sus frutos en las comunidades cristianas y ejercerá benéficos influjos en toda la sociedad civil".
"Deseo ardientemente -concluye la carta del Arzobispo- que el proyecto de Ley sobre el tema, cuyo texto acompaña, pueda ser sancionado oportunamente por el Congreso de la Nación, favoreciendo así el encuentro familiar en un día en el cual todos puedan gozar juntos", agrega el Arzobispo. "No cabe duda de que este es el argumento central, ya que ello, además de posibilitar el digno descanso, permitirá restablecer la relación entre la sociedad y el día del Señor que en nuestro país tiene un significado enraizado en lo más profundo de sus tradiciones".
El proyecto
El proyecto de ley de la CAME propone "el cierre obligatorio los domingos y regulación de horarios y feriados comerciales"; y consta de 7 artículos, el segundo de los cuales expresa: "El horario total en el que los comercios podrán desarrollar sus actividades durante el conjunto de los días laborales de la semana será como máximo de setenta y dos horas. Los establecimientos comerciales en todo el país deberán permanecer cerrados los días domingo.
Como excepción y solamente cinco domingos en el año los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos. De la misma manera, será obligatorio el cierre los días declarados como Feriado Nacional".
"Varias son las razones que imponen fijar límites a los horarios comerciales y establecer obligatoriamente el cierre de domingos y feriados a todo el comercio -comienzan diciendo los fundamentos que acompañan al proyecto-, con las excepciones que por razones zonales y turísticas deben prescribirse", lo que se hace necesario -se afirma- "no sólo por motivos culturales que hacen a tradiciones ancestrales de nuestra comunidad, las que resultan de tanta obviedad que no es necesario señalar, sino también por razones competitivas".
"La extensión de los horarios constituye una de las más importantes asimetrías entre los pequeños comercios de proximidad y las grandes superficies", concluye el texto de la CAME.