LIBERTAD RELIGIOSA
EN COLOMBIA


Octubre - Diciembre 2002
Bogotá, Colombia,

En el Congreso de la República, en la comisiones séptimas de la Cámara de Representantes y del Senado de la Repúblicas se debatieron leyes referentes a una reforma laboral o flexivilización laboral que en relación con el descanso dominical buscaban disminuir los beneficios que recibían las personas que trabajan en día domingo, con el fin de motivar en los individuos el descanso obligatorio en dicho día y preparar así el camino para que se exija la aplicación de las leyes de descanso obligatorio en domingo que existen en el país desde hace tiempo.

Un grupo de personas valorando los principios de libertad religiosa ante el peligro que se aproximaba emprendió la tarea de acercarse a los congresistas para plantearles el derecho de escoger el día de descanso. Algunos de los pasos seguidos fueron los siguientes:

1. Participar en Foros públicos promovidos por poder legislativo que sobre el tema se celebraron en varias ciudades de Colombia.

2. Solicitar citas con los Representantes y Senadores para plantearles nuestras inquietudes.

3. Asistir diariamente al salón de reuniones donde los parlamentarios discutían el tema y abordar a los Congresistas en su transito para transmitirles el mensaje respecto al día de descanso Bíblico.

4. Cuando se discutió en primer debate en las comisiones parlamentarias el tema sobre la disminución del pago a quienes trabajan en día domingo, un senador independiente Luis Carlos Avellaneda solicito el respeto del derecho de libertad de conciencia para quienes guardan un día de descanso diferente al día domingo, acto que fue secundado por varios parlamentarios tales como: Bernardo Hoyos (sacerdote católico en licencia), Venus Albeiro (comunitario), Juan de Dios (representante Santander), y aún el mismo ministro quien se mostró solidario con la solicitud planteada. He de reconocer que el interés y la voluntad de estos hombres se ganó con un poder más que humano, pues el Padre nos abría las puertas de sus corazones para que nos escucharan. En esta reunión nuestra solicitud era modificar unos siete artículos del código laboral que obligan al descanso en día domingo, proponiendo que el día de descanso fuera de libre escogencia por parte del trabajador, aunque sólo se logró introducir en el código laboral, en el artículo sobre pago de trabajo en domingo un parágrafo que dice así:

El trabajador podrá convenir con el empleador el día de descanso obligatorio el día sábado o domingo, que será reconocido en todos sus aspectos como descanso dominical obligatorio institucionalizado. Interprétese la expresión dominical contenida en el régimen laboral en este sentido exclusivamente para el efecto del descanso obligatorio.

5. Con el anterior beneficio alcanzado se buscó ampliar el derecho en el segundo debate que se celebraba con el Senado y la Cámara en pleno, en esta oportunidad se pedía modificar el anterior párrafo para que el derecho quedara en una forma plena e impidiera que se obligara a descansar en domingo a quienes no quisieran hacerlo, la propuesta fue la siguiente:

El trabajador podrá elegir el día de descanso obligatorio el día sábado o domingo, que será reconocido en todos sus efectos como descanso dominical obligatorio institucionalizado. Sin perjuicio del derecho que tienen las demás personas de realizar actividades productivas en dichos días. Interprétese la expresión dominical contenida en el régimen laboral en este sentido.

De esta manera se esperaba lograr evitar que el futura se pudiera emplear las leyes existentes al descanso dominical con propósitos de fanatismo religioso exigiendo el descanso obligatorio en dicho día sin tener en cuenta la libertad religiosa. El tema se debatió en ambas cámaras en el mes de diciembre y la versión final sólo se conocerá hasta enero del 2003. Sin embargo ha sido un logro que con el poder de Dios los requerimientos de su santa ley han sido dados a conocer ante las altas autoridades de la nación.


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