Nota:
Este documento deja claro que la ley se utiliza para multar a quienes violan el descanso de los trabajadores. La ley establece que este debe ser en domingo, entonces la gente que por motivos de conciencia gurda otro dia de descanso puede ser multado y perseguido, esta es una muestra de los alcances de la union entre la iglesia y el estado.

"La sanción más severa fue impuesta a la empresa Singbo Garment Factory, que fue mandada a cerrar el 28 de septiembre por 15 días, con goce de salario para sus 170 trabajadores, por aplicar jornadas laborales excesivas, no pagar el salario mínimo, no tener asegurados a los trabajadores, no pagar vacaciones, mantener pésimas condiciones de higiene y seguridad, no dar tiempos de descanso ni permisos..."


DERECHOS ECONOMICOS Y SOCIALES
Derechos Laborales

El ambiente electoral del año, se reflejó de diversas formas en decisiones populistas del Ejecutivo y del Ministerio del Trabajo y en actividades o pasividades de los empresarios y los trabajadores.

El 23 de enero, el Presidente de la República emitió un Decreto Presidencial por el que autorizó el pago por un mes de un bono de educación -equivalente al 20% de su salario- a los trabajadores del Estado que tuvieran hijos estudiando con edades entre 5-16 años de edad y ganaran menos de 10 mil córdobas. Este bono les fue pagado en marzo.

A partir del 1 de junio el Ministerio del Trabajo (MITRAB), por órdenes del Presidente de la República, resolvió cambiar el horario de labores de los trabajadores del Estado, iniciándose éstas a las 7 de la mañana y terminando a las 2 de la tarde. Muchos sindicalistas del sector público interpretaron que la decisión estaba destinada a dejarles tiempo libre a los activistas del partido de gobierno que trabajan para el Estado para hacer proselitismo político. 

Como producto de esta decisión, se retrasó el trabajo de análisis y evaluación de las tareas desarrolladas a lo largo del año en varios Ministerios. Es por eso que el CENIDH carece en este Informe de datos actualizados por el MITRAB. Concluye nuestro Informe sin tener siquiera sistematizada la información correspondiente al primer semestre del año. La encuesta nacional de medición del nivel de empleo, que debió presentarse en octubre, no logró presentarse este año. Esta circunstancia ha contribuido a empeorar el ya tradicional subregistro de información en este Ministerio.

El gobierno estableció a mediados del año el pago de salarios a los trabajadores del Estado mediante tarjetas de débito otorgadas por los bancos privados. Esto generó gran incomodidad y significó la violación del artículo 82 numeral 2 de la Constitución Política, que establece se pague el salario en moneda de curso legal y en el centro de trabajo. La medida generó inconvenientes a muchos trabajadores, que no podían manejar los cajeros automáticos. A partir de la reducción del horario, se eliminó también el subsidio alimenticio para el almuerzo a los trabajadores del Estado que devengan más de 3 mil córdobas. Por estas disposiciones -pago por tarjeta de débito y eliminación de subsidio-, y a solicitud de grupos de trabajadores de tres Ministerios, el CENIDH envió una carta al Ministro del MITRAB, demostrándole que esas decisiones eran violatorias de los convenios internacionales de la OIT, de la Constitución y del Código del Trabajo y solicitándole que sugiriera al Presidente de la República su modificación, pero este funcionario hizo caso omiso de nuestros planteamientos.

Con el objetivo de contribuir a la campaña electoral del partido de gobierno, -pues siempre han sido cómplices de los empresarios-, este año el MITRAB actuó con mayor apego a la ley, al dictar multas máximas de 10 mil córdobas contra varias empresas -Roo Shing Garment, Maniversa, Metro Garment, Formosa Textil, Chinas Unidas y Camas Luna entre otras- por malos tratos a los trabajadores y malas condiciones de higiene y seguridad ocupacional. La sanción más severa fue impuesta a la empresa Singbo Garment Factory, que fue mandada a cerrar el 28 de septiembre por 15 días, con goce de salario para sus 170 trabajadores, por aplicar jornadas laborales excesivas, no pagar el salario mínimo, no tener asegurados a los trabajadores, no pagar vacaciones, mantener pésimas condiciones de higiene y seguridad, no dar tiempos de descanso ni permisos. La empresa fue cerrada definitivamente por sus dueños el 24 de octubre, alegando falta de materia prima. Al cerrar, no liquidó los salarios y prestaciones sociales de los trabajadores.

A lo largo del año fueron frecuentes las denuncias por malos tratos físicos en las empresas maquiladoras a mujeres trabajadoras y por despidos ilegales en estas empresas. En dos casos muy publicitados por el MITRAB, conoció el CENIDH que los inspectores departamentales aplicaron la multa máxima de 10 mil córdobas por esta causa a los empresarios extranjeros. No obstante, las multas fueron revocadas por el Inspector General del Trabajo, sin que a esta irregularidad se le diera publicidad. El CENIDH ve en esta actuación el rol partidarizado que el MITRAB decidió jugar este año procurando no dañar más la imagen del gobierno ante los trabajadores.

En tal sentido, las encuestas que daban como ganador de las elecciones presidenciales al candidato del FSLN Daniel Ortega generaron gran inestabilidad laboral e incertidumbres entre sectores de trabajadores, particularmente entre los del Estado -que organizaron una asociación para defender sus puestos de trabajo ante eventuales despidos-, y entre los trabajadores de las empresas maquiladoras, pues algunos empresarios hicieron circular volantes en las fábricas diciendo que si ganaba Ortega se retirarían del país. Varias empresas maquiladoras suspendieron labores temporalmente: Shu Shing a 750 trabajadores por tres meses, Presitex a 800 trabajadores por cuatro meses, Knitwenr a 445 trabajadores por tres meses. Shu Shing usó como pretexto la construcción de una pared, las otras dos alegaron “falta de demanda de sus productos”. 

Miles de trabajadores de las alcaldías municipales vivieron también momentos de zozobra por el cambio, a inicios del año, de las administraciones municipales, con los consecuentes despidos. Los principales conflictos se presentaron en la Alcaldía de Managua, que despidió a 40 trabajadores “de confianza”. Otro conflicto en la Alcaldía de Managua lo generó la oposición de los 320 empleados del Plantel Los Cocos a la descentralización del trabajo de recolección de basura. También se presentaron conflictos en las alcaldías de Matagalpa, Tipitapa y Granada.

Otra novedosa forma de maltrato sicológico contra los trabajadores fue la aplicación por parte de los empresarios del polígrafo o detector de mentiras -que hace un cuestionario sobre el pasado personal del interesado- en circunstancias relacionadas con nuevas contrataciones, pérdida de dinero o de productos en las empresas. El CENIDH recibió cinco denuncias contra este método y lo cuestiona por violar los derechos a la presunción de inocencia y a la honra y la reputación de los trabajadores, además de invadir las facultades de prevención y persecución del delito, que corresponden a la Policía Nacional. 

Si el año pasado cuestionamos a la dirigencia sindical del Frente Nacional de los Trabajadores (FNT) y del Consejo Permanente de Trabajadores (CPT) por el sometimiento de las luchas sindicales a los intereses de los partidos políticos FSLN y PLC respectivamente, en este año varios dirigentes de estas organizaciones fueron electos como diputados propietarios y suplentes en las listas de ambos partidos, lo que para el CENIDH generará aún más desconfianza de los sectores populares en sus líderes gremiales.

Durante el año, los empresarios mantuvieron su deseo de reformar el Código del Trabajo en lo relativo a la reducción del pago de la indemnización por años de servicio y a la imposición de mecanismos más complejos para la realización de huelgas. Los sindicalistas también desean reformar el Código, aunque en otros aspectos. Al final, ambas partes acordaron que, debido a la coyuntura electoral, preferían dejar este debate para el año 2002. Pudimos apreciar que algunos sindicatos -como el de constructores, afiliado a la CGT(i)- no están de acuerdo con la reforma.

El MITRAB continuó resolviendo en contra de los trabajadores los casos de pagos de indemnización proporcionales cuando el trabajador no ha cumplido un año de laborar en una empresa, el pago de la indemnización por muerte natural y por motivos de jubilación. 

En materia laboral, el CENIDH y los trabajadores nicaragüenses obtuvimos importantes logros en la gestión internacional de 2 casos. En el caso # 11.381 de 142 trabajadores de aduanas que estamos tramitando desde junio de 1,994, contra el Estado de Nicaragua ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH, esta dictó Informe Final sobre el fondo el 11 de octubre, concluyendo que el Estado de Nicaragua violó el derecho a la integridad física de 11 trabajadores y de los periodistas Mario Sánchez P. y Frank Cortés. Y que violó los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial y los derechos económicos, sociales y culturales de los 142 trabajadores. En consecuencia, la CIDH recomendó al gobierno de Nicaragua que realizara una investigación completa, imparcial y efectiva para determinar la responsabilidad penal de todos los autores de las lesiones contra los trabajadores y los periodistas y que adopte las medidas necesarias para que los trabajadores reciban adecuada y oportuna reparación por las violaciones a sus derechos establecidas. Este fue un duro golpe a la Corte Suprema de Justicia, pues quedó demostrado que esta autoridad no cumple con su deber constitucional de proteger los derechos humanos. La CIDH se comprometió a mantener en seguimiento el caso, hasta que sus recomendaciones sean totalmente cumplidas.

En el otro caso, # 11.495 de 47 trabajadores migrantes nicaragüenses deportados arbitrariamente por el gobierno de Costa Rica, que estamos tramitando desde el 28 de febrero de 1,995, por la violación a los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial y el derecho a la integridad personal en particular del deportado Juan Ramón Chamorro Quiroz. La CIDH dictó Informe de Admisibilidad en contra del Estado de Costa Rica, estableciendo que a los nicaragüenses no se les permitió el acceso a los recursos administrativos y judiciales internos y pasó a analizar el fondo de nuestra denuncia. No obstante, el 21 de febrero, el gobierno costarricense insistía que los deportados podrían haber recurrido ante los consulados de Costa Rica en Nicaragua, lo que fue rechazado por el CENIDH en un escrito remitido a la CIDH el 24 de mayo. El caso continúa en trámite ante la CIDH.

Asociación sindical

En el primer semestre del año, se registraron ante el MITRAB, 94 sindicatos, con 3,542 afiliados, para un promedio de 38 trabajadores en cada uno. Tan exigua cantidad de afiliados podría reflejar el afán de los sindicalistas de no revelar ante el MITRAB las listas completas de sus simpatizantes, por temor a los despidos que ejecutan los empleadores, principalmente en las empresas maquiladoras. 

El 34% de estos sindicatos están ubicados en Managua, seguida de León con el 12%. 20 de estos sindicatos están ubicados en el sector de la agricultura, 20 en la administración pública, 18 en la enseñanza y 13 en la industria manufacturera. 51 pertenecen al sector privado y 43 al sector público. 

De los 94 sindicatos, 84 pertenecen al área urbana y 10 al área rural, lo que indica que las centrales sindicales han perdido expresiones organizadas en el campo. De estos sindicatos, 20 (21%) con 650 trabajadores, no se afiliaron a ninguna central sindical, evidenciándose la desconfianza hacia las centrales sindicales existentes. De los 74 sindicatos que se afiliaron a las centrales sindicales, 12 (519 trabajadores) lo hicieron a la Asociación de Trabajadores del Campo (ATC), 12 (389 trabajadores) a la Confederación de Unificación Sindical (CUS), 11 (341 trabajadores) a la Unión Nacional de Empleados (UNE) y 10 (318 trabajadores) a la Central Sandinista de Trabajadores José Benito Escobar (CST).

La Dirección de Asociaciones Sindicales (DAS) dio a conocer que cerró el año 2000 con un total de 4,382 sindicatos, de los cuales sólo 1,312 estaban activos. Según cálculos del CENIDH, en estos sindicatos activos estarían organizados unos 40 mil trabajadores.

Siguiendo las cifras del Banco Central, si la población ocupada de Nicaragua es de 1 millón 697 mil 500 personas y si los sindicatos activos son 1,312, si todos los trabajadores estuvieran sindicalizados el promedio sería de 1,293.8 por cada sindicato. La realidad está muy lejos de esta cifra y apenas hay 30.48 afiliados por sindicato. Año tras año son menos los trabajadores que mantienen su afiliación y se incorporan a los sindicatos. Si bien es cierto que la pérdida del empleo y las altas tasas de migración son las peores amenazas para que los trabajadores se organicen, también es cierto que la pérdida de credibilidad de los líderes sindicales incide en que cada vez más menos trabajadores se involucren en la lucha sindical. 

Empleo y desempleo

Por mucho que las cifras oficiales del Banco Central y del Ministerio del Trabajo quieran encubrirlo, el desempleo sigue siendo el problema que más resiente la población en materia de derechos laborales. Esto explica por qué la creación de empleos fue la promesa más acentuada por los candidatos presidenciales en estas elecciones. El año termina con una expectativa generalizada de que el nuevo gobierno promocionará empleos estables y de calidad de forma masiva.

Los programas y políticas gubernamentales dirigidas a amortiguar el efecto del desempleo en los sectores más vulnerables -como los proyectos del Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE) y los de la Secretaría de Acción Social (SAS)- no han logrado impactar en los municipios más pobres del país, debido a que los empleos que ofrecen son temporales y de mala calidad. Al mes de junio, el FISE tenía 6,082 empleados directos y 8,820 indirectos para un total de 14,902 trabajadores. Entre abril y junio, la SAS no reportó ningún número de empleos de emergencia. 

En sus indicadores económicos hasta junio 2001, el Banco Central afirma que en el país existe una Población Económicamente Activa (PEA) de 1 millón 900 mil personas, de las cuales 1 millón 697 mil 500 están ocupadas. En la actividad primaria (pesca, agricultura y ganadería) 728 mil personas, en la actividad secundaria (manufactura, construcción, minas y canteras) 248,200 personas, y en la actividad terciaria (comercio, gobierno, transporte, bancos, comunicaciones, electricidad, gas, agua) 721,300 personas. Según el Banco Central, sólo 202 mil 900 personas se encuentran en desempleo abierto y 23 mil 100 en el subempleo. 

El CENIDH considera estas cifras alejadas de la realidad, pues el mismo documento no logra explicar cómo al mes de junio y teniendo como fuente al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), el Banco Central reporta tan sólo la afiliación al INSS de 316,293 trabajadores. Si así fuera, estaríamos ante una realidad alarmante, ya que la seguridad social cubriría solamente a un 18.63% de la población trabajadora. Particularmente, son cuestionables las cifras referentes al empleo en el sector agrícola, el más afectado por la baja de los precios internacionales del café y del banano y por la quiebra de tres bancos privados, relacionados dos de ellos con los productores cafetaleros.

El CENIDH recibió denuncia de la Federación de Trabajadores del Banano, quienes afirmaban que las fincas Elisa, Enma y María Elsa no estaban pagándoles los salarios de los últimos tres meses alegando los bajos precios internacionales de esta fruta. También denunciaron que desde hacía varios años las fincas no le pagaban al INSS las cotizaciones, dejándolos sin seguridad social. En febrero, el CENIDH sostuvo un encuentro con aproximadamente 500 trabajadores del banano del municipio de El Viejo. Con documentos en mano, nos demostraron haber cotizado, pero en el reporte del INSS no les aparecía su cotización. Solicitamos entonces al INSS que comprobara y aplicara las sanciones del caso, pues esta irregularidad nada tenía que ver con la situación económica internacional. En el contexto de estas dificultades económicas, los propietarios de las fincas decidieron, sin la correspondiente autorización del MITRAB, suspender “temporalmente” labores, afectando a más de mil trabajadores sin el pago de las prestaciones de ley. Estos casos fueron denunciados ante el MITRAB, pero las gestiones fueron ineficaces. 

La Fundación Internacional para el Desafío Económico Global (FIDEG) estimó que entre 1995-2000 el desempleo abierto disminuyó entre los hombres del 16.3% al 7.6% y entre las mujeres del 9.2% al 6%. Esta institución agrega que el problema no es el desempleo abierto, sino la calidad del empleo que se ofrece, pues del total de personas que tienen un empleo, el 43.1% trabaja en condiciones de subempleo, lo que significa en la práctica un trabajo muy duro donde sólo se gana lo mínimo para cubrir las necesidades más básicas. Esta situación afecta mayormente a las mujeres, quienes en un 51.2% se ubican en el subempleo, mientras los hombres subempleados son menos, un 37.2%.

FIDEG afirma que en los últimos seis años se ha reducido la tasa de ocupación. En 1995 era de 62.9% y en el año 2000 se redujo a 52%, lo que significa una sustancial reducción. Esto no se refleja en mayores cifras de desempleo, lo que permite concluir que la población desempleada ha emigrado. La emigración se ha venido convirtiendo en el permanente mecanismo de ajuste del mercado laboral y de la economía de los más pobres. 

Algunos de los más sentidos problemas que deben enfrentar los trabajadores migrantes son la pérdida de sus cotizaciones a la seguridad social y la desintegración familiar. Los estudios de FIDEG indican que en 1999 el 23.5% de la PEA efectuó movimientos migratorios y que en el 2000 ese porcentaje se elevó a 36.7%. En los dos últimos años son cada vez más las mujeres que se ven forzadas a emigrar. 

FIDEG señala que la lenta reactivación de la economía, la falta de capacidad del sector privado para absorber la mano de obra y la saturación del sector informal de la economía, siguen siendo factores principales que inciden para que no se sienta en el país una importante reducción del desempleo. El sector informal continúa siendo la única alternativa para hombres y mujeres que no logran insertarse en sectores más modernos y dinámicos de la economía. En el año 2000, del total de personas que desarrollaban una actividad económica, el 71.3% lo hacía en el sector informal. Del total de hombres que tenía empleo, el 68.4% lo tenía en el sector informal y del total de mujeres, el 75.5%. A nivel nacional, es todavía el sector informal el que acoge a la mayoría de la PEA ocupada de hombres y, en especial, de mujeres, donde encuentran una alternativa para generar ingresos y garantizar las necesidades esenciales de sus familias. 

La migración de mano de obra hacia otros países de la región, especialmente hacia Costa Rica, sigue siendo la única oportunidad de empleo que encuentran muchos trabajadores y trabajadoras nicaragüenses. Aunque en el mes de marzo, el gobierno costarricense construyó un muro sobre la raya fronteriza con Nicaragua para evitar que desempleados nicaragüenses ingresaran al país, esto no ha detenido la masiva migración de mano de obra hacia la nación vecina. El gobierno costarricense persiste en querer vincular el problema de la población trabajadora migrante en su país, con sus pretensiones de soberanía sobre el río San Juan, intentos que también persistentemente rechaza el gobierno de Nicaragua.

Las familias nicaragüenses que padecen de desempleo y pobreza mandan a sus niños, niñas y adolescentes a laborar, no sólo al sector informal donde hay miles, sino que a las empresas. En el primer semestre del año, el MITRAB ejecutó 712 inspecciones en empresas, comprobando que 83 (11.65%), tenían a un total de 636 menores trabajando, de estos 150 (23.5%), eran del sexo femenino. 68 empresas dedicadas a la agricultura, la ganadería y la caza, concentran a 594 (93.3%) menores trabajadores, de estos 185 eran menores de 14 años. En la industria manufacturera 12 empresas emplean a 35 menores mayores de 14 años.

Una situación que no contribuye a generar empleo en el país fue comprobada por el MITRAB el 14 de febrero en la empresa Solaire, que tenía contratada mano de obra salvadoreña sin la autorización del MITRAB. De 50 trabajadores, el 75% eran salvadoreños y el Código del Trabajo permite que sea solamente el 10%. Se comprobó también que pagaban 900 córdobas para no pagar más al INSS. Igual situación se comprobó en las empresas Construmarket, Glass Design y Gama Traiding. Otro hecho que denota el nivel de ilegalidad en el que actúan estas empresas es que el MITRAB comprobó que no estaban inscritas en el Registro Mercantil. Resulta lamentable que empresarios nicaragüenses de prestigio, como los del grupo Pellas, hubieran contratado a las tres empresas mencionadas. 
En relación con el caso de los 5 médicos amparados por la Corte Suprema de Justicia CSJ y que en consecuencia debían haber sido reintegrados por el MINSA, en el mes de enero, después de muchos obstáculos, estos fueron mandados reintegrar, pero en otros centros asistenciales ubicados en lejanas zonas rurales “promovidos” a cargos de dirección incompatibles con la labor sindical. En realidad ni siquiera se les permitió presentarse a “sus nuevos puestos de trabajo”, pues fueron despedidos el 4 de enero. Como en efecto esto de ninguna manera implicaba el cumplimiento de la sentencia los galenos recurrieron de queja a la CSJ el 8 de enero en contra de la Ministra de Salud y posteriormente presentaron su caso ante la Corte Centroamericana de Justicia que tiene competencia para conocer de incumplimientos de sentencias en los países de la región centroamericana y hasta el cierre de este informe no había resolución.

En este año, el odontólogo Dr. Otto Escorcia, después de laborar como catedrático por 37 años para la Universidad Nacional Autónoma de León, se acogió a la jubilación tramitada por la administración de dicha universidad y de forma sorprendente no fue indemnizado por los años de servicio. Haciendo uso de su derecho acudió al Juzgado de Distrito Civil que en aquella ciudad tiene competencia en lo laboral y este falló en su contra, apeló y el tribunal de apelaciones confirmó la sentencia. De esta manera, a la práctica arbitraria del MITRAB de no admitir el pago de la indemnización por motivos de jubilación, se sumó la decisión de tribunales que no tienen una naturaleza laboral sino civil lo cual distorsiona su actuación en detrimento de los derechos de los trabajadores. No menos cuestionable resulta que una alta casa de estudios decana de las facultades de derecho del país, aplique de forma nada progresista esa interpretación antojadiza que no tiene en cuenta el principio del derecho del trabajo de indubio pro operario y de legalidad, sobre los que el Tribunal de Apelaciones de Managua, Sala Laboral -única especializada en el país-, ha basado sus sentencias a favor de los trabajadores. 

En el mes de agosto, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) falló favorablemente el recurso de amparo que con el apoyo del CENIDH interpuso la siquiatra Gioconda Cajina, quien fuera despedida en el año 2000 por emitir opiniones sobre el estado síquico del Presidente de la República. El Ministro del Trabajo pidió reposición de la sentencia, y aunque la CSJ no le dio lugar, él y la Ministra de Salud, por las vías de hecho, han 

imposibilitado el reintegro de esta profesional y el pago de los salarios que ha dejado de percibir. La Ministra de Salud mandó a su asesora para ofrecerle el pago de una doble indemnización a 
cambio de que no regresara a su puesto trabajo en el servicio público. En los últimos días del año, Cajina manifestó al CENIDH su disposición a aceptar la oferta gubernamental por el desgaste moral y económico al que la han sometido.

Salarios y canasta básica

El 23 de febrero, la Comisión de Salario Mínimo -instalada a petición de las organizaciones de trabajadores desde el 7 de noviembre de 2000- suscribió por fin el acta de acuerdos por la cual autorizó un incremento salarial del 12% al salario mínimo por sector de la economía, decisión a aplicar a partir del mes de marzo. Todo el debate que habían sostenido por varios meses los representantes de los empleadores, del gobierno y de los trabajadores terminó cuando, de forma autoritaria, el Presidente de la República anunció el 21 de febrero que el incremento salarial mínimo iba a ser sólo ese porcentaje. Los salarios quedaron así: sector agropecuario 550 córdobas más la comida, pesca 785, minas y canteras 950, manufactura 670, gas-electricidad-agua-comercio-restaurantes-hoteles-transporte-almacenamiento-comunicaciones 1,010, zonas francas 895, construcción 1,300, instituciones financieras y aseguradoras 1,120, servicios comunitarios-sociales y personales 785 y gobierno central-gobiernos municipales 630. El FNT no firmó el acta porque los incrementos no respondieron a sus demandas.

Los salarios del sector agrícola, principalmente los de los trabajadores del café, no cumplen con el salario mínimo. El 6 de diciembre, un equipo del CENIDH fue informado de que los patrones estaban pagando a 2 y 3 córdobas la lata grande de café cortada, cifra que fue aplicada en 1992 en cumplimiento de la normativa salarial dictada por el MITRAB. En el año 2001 el MITRAB no dictó normativa, estableciendo que empleadores y trabajadores se pusieran de acuerdo. Sin embargo, no existe acuerdo y en la práctica son los patrones los que imponen el salario. Normalmente un cortador o cortadora de café recoge entre tres y cinco latas al día, pero ese pago demuestra que no se cumple el salario mínimo. Los más afectados por estos pagos son las mujeres y los niños, que han tenido que salir a las carreteras y las ciudades del norte del país exponiendo la hambruna que padecen.

En marzo, y sólo por presiones del FMI -que tras una auditoría hecha al FISE encontró que se estaba efectuando una deducción obligatoria del salario a los trabajadores de esta institución pública para financiar la campaña electoral del partido de gobierno-, el Presidente de la República se vio obligado a mandar un memorando mandando a eliminar las deducciones de porcentajes salariales a trabajadores del gobierno para la campaña electoral del PLC. En represalia, mandó también a eliminar las cotizaciones sindicales. El 2 de marzo el FNT interpuso un Recurso de Amparo, considerando que esta eliminación violaba el artículo 224 del Código del Trabajo, que faculta al empleador a descontar la cotización sindical a aquellos trabajadores que voluntariamente lo autoricen.

Según FIDEG, el costo promedio de la canasta básica de 53 productos para la región del Pacífico fue de 2,498.27 córdobas en el mes de septiembre. En términos generales, este mes la ciudad que registraba el costo más alto de la canasta básica fue Managua (2,573.88 córdobas), seguida de León, Matagalpa, Estelí y Juigalpa. Como de costumbre, el Banco Central reportó un costo menor de la canasta básica: en junio y en Managua dijo que costaba 1,983.56 córdobas.
Los precios de los productos que integran la canasta de bienes básicos de consumo reflejaron al mes de septiembre un aumento acumulado de 8.43% en el año, mientras que los precios de productos que no se integran a la canasta básica reflejaron un aumento de 13.16% en el transcurso del año. Las mayores alzas en los precios de los bienes de consumo se presentaron en los alimentos. También experimentaron notables alzas las bebidas y el tabaco.

Convenios colectivos

En el primer semestre del año fueron presentados ante el MITRAB y según cifras de las inspectorías departamentales, un total de 16 pliegos de peticiones, 11 de ellos provenientes de Managua, firmados por un total de 5,803 trabajadores -39% de respaldo, de un total de 14,916 trabajadores-. Once de esos pliegos provenían de la industria manufacturera, con un respaldo de 4,850 trabajadores de un total de 13,547. Doce (75%) de los 16 pliegos de peticiones provenían del sector privado y 13 estaban ubicados en el sector urbano. En 10 de esos pliegos los trabajadores demandaban mejores condiciones socioeconómicas, en 2 nuevos convenios, en 2 condiciones generales y en 1 salarios. Un hecho destacable es que 11 de los 16 pliegos fueron tramitados por sindicatos que no están afiliados a ninguna central sindical, 4 por sindicatos afiliados a la CST y 1 a la CGT (i). 

El CENIDH ve con preocupación que, a pesar del numeroso respaldo de los trabajadores a sus demandas, el MITRAB reporte que, en el contexto de estas negociaciones, hasta el mes de junio los trabajadores y empleadores negociaron únicamente 7 convenios colectivos -el año anterior y hasta septiembre 2000 habían negociado 31-, que beneficiaban a un reducido número de 1,101 trabajadores.

No obstante, datos recabados por el CENIDH indican que en el segundo semestre del año se firmaron importantes convenios colectivos en el Ingenio San Antonio a favor de 6,500 trabajadores -valorado en 20 millones de córdobas-, en las maquiladoras Nien Shing y Shi Sing Garments II a favor de 6 mil trabajadores, en Presitex a favor de 1,800 trabajadores, en Puerto Corinto a favor de 444 trabajadores, en ENACAL a favor de 2,961 trabajadores. También en otros centros de trabajo, como la Pepsi y la Alcaldía de Tipitapa. 

En estos convenios se establecieron cláusulas relativas a chequeos médicos para los trabajadores, becas para sus hijos, permisos con goce de salario, canasta básica, ayuda económica en casos de nacimientos de hijos, muerte de familiares, uniformes, viáticos, canasta navideña, indemnización por años de servicio, asistencia odontológica y oftalmológica, equipos de protección, etc.

El más debatido Convenio Colectivo del año fue el de la Alcaldía de Managua a favor de 2,800 trabajadores. Éste había sido suscrito por el anterior Alcalde liberal en diciembre 2000 y daba más generosas prestaciones sociales a los trabajadores que las anteriormente concedidas, con el claro objetivo de reducir los recursos financieros del nuevo gobierno municipal sandinista. El 21 de febrero, la nueva administración municipal solicitó al MITRAB declarara la nulidad de este convenio por incapacidad de pago. En el contexto de estos debates, las organizaciones sindicales aceptaron que se excluyera de los beneficios a los directores generales, asesores y trabajadores de confianza. La administración continuó la demanda y el 6 de marzo el MITRAB no le dio lugar. Finalmente, el Convenio quedó firme para el resto de empleados. 

En el primer semestre del año, el MITRAB no registró la negociación de ningún convenio salarial y sólo fue presentado un pliego salarial.

Huelgas y conflictos colectivos

En el primer semestre del año las inspectorías departamentales del MITRAB no reportaron la ocurrencia de huelgas o conflictos. No obstante, el CENIDH estuvo pendiente de la huelga que en el mes de febrero protagonizaron 380 trabajadores de la Mina El Limón, quienes protestaban por el despido de 38 de sus compañeros -el 10% de la fuerza de trabajo-, por motivos de salud. La huelga concluyó cuando el MITRAB contrató un laboratorio especializado que determinara las causas de la enfermedad que padecían los trabajadores, y la empresa se comprometió a iniciar un proceso para otorgar pensiones del INSS e indemnizar a los trabajadores enfermos por causas ligadas a las condiciones de empleo.

En el mes de abril ocurrieron dos huelgas en empresas maquiladoras: una en Presitex (2,500 trabajadores) y otra en la Roo Hsing Garment. Ambas fueron declaradas ilegales por el MITRAB. En la primera intervino como mediador el CENIDH. Las partes firmaron un acuerdo reincorporándose a sus labores y no hubo despidos. 

En mayo fueron despedidos cinco dirigentes sindicales del MITRAB incluyendo a la Secretaria General. El CENIDH apoyó a tres de ellos, elaborando una demanda en contra del gobierno con acciones de reintegro y pago de salarios dejados de percibir ante el Juzgado Primero del Trabajo, el mismo que dictó sentencia favorable. Por no estar de acuerdo, el gobierno apeló y al cierre de este Informe el caso está pendiente de fallo ante la Sala Laboral del Tribunal de Apelaciones de Managua. También el CENIDH les elaboró a los trabajadores un Recurso de Amparo administrativo, que fue admitido a trámite en junio y se encuentra pendiente de fallo ante la Corte Suprema de Justicia.

El MITRAB nombró Juez de Huelga en el conflicto por la negociación de un Convenio Colectivo en la empresa Induquinisa y nombró tribunal de huelga en el matadero Nuevo Carnic, de capital ligado a miembros del FSLN, amenazando con declarar la legalidad de esas huelgas, con lo cual perseguía evidentemente darse la imagen de defensor de los trabajadores, lo que se hizo obvio en la publicidad que se dio a estas decisiones gubernamentales.

En octubre, el gobierno despidió a cinco dirigentes del sindicato del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI). La Secretaria General, quien denunció en el CENIDH haber sido víctima de una extraña incursión en su casa de habitación por personas desconocidas, que ella públicamente vinculó a la patronal. Posteriormente, se inició un procedimiento administrativo de desaforación en su contra a petición del MTI al que dio lugar la Inspectoría Departamental y se encuentra en apelación al cierre de este informe. 

En julio, inició un conflicto laboral en el CSE. Mediante una normativa, los magistrados de este Poder del Estado decidieron que en todas las instancias del CSE debían laborar personas designadas por los partidos PLC y FSLN, y que aquellas personas que no fuesen ratificadas en sus puestos por ambos partidos serían despedidas, como en efecto ocurrió, afectándose a 94 trabajadores. El 14 de noviembre fueron despedidos 160 trabajadores y se anunciaron mayores despidos para el año 2,002. El CENIDH considera que en este caso se evidenció una clara violación del derecho humano al trabajo sin discriminaciones por razones de orden político. 

Después de casi 5 años de litigio, en el mes de diciembre, 25 trabajadores de la empresa norteamericana Gulf King, entre Capitanes, Wincheros y Marinos de la flota camaronera ubicada en la Región Autónoma Atlántico Sur RAAS, lograron que el Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Atlántico Sur, confirmara la sentencia de la Jueza Civil del Distrito que condenó a la empresa al pago de prestaciones sociales a favor de los trabajadores. El juicio inició en mayo de 1,997, después que los trabajadores fueron despedidos al negarse a firmar contratos donde se les omitían sus prestaciones sociales. El Tribunal mandó a la Gulf King a pagar la indemnización por antigüedad establecida en el artículo 45 del Código del Trabajo, ya que consideró que los trabajadores fueron ilegalmente despedidos y mandó a la Gulf King a pagar las vacaciones de los trabajadores.

Demandas individuales

El MITRAB reportó al CENIDH que las inspectorías departamentales habían recibido un total de 2,790 demandas (conciliaciones) individuales hasta el mes de junio. El 16% fue interpuesta en Managua, el 14% en Estelí y el 10% en León. Por sector económico, el 42% de estas demandas fue interpuesta por trabajadores de servicios comunales, sociales y personales, el 15% por trabajadores de la agricultura, el 14% por trabajadores de la construcción y el 11% por los de la industria manufacturera, especialmente empresas de zona franca. El 96% de estas demandas fueron interpuestas contra el sector privado y sólo el 4% contra el Estado. 

Aunque el MITRAB no había concluido el análisis estadístico acerca de la forma de solución de esas demandas, en su mayoría se resolvieron por acuerdos, lo que implicó el pago de prestaciones. En una cantidad ínfima, el MITRAB mandó reintegrar a sus puestos de trabajo o dar reconocimiento a la estabilidad laboral, decisiones que generalmente favorecieron a mujeres embarazadas. 

Cada vez menos trabajadores acuden al MITRAB a demandar a los empleadores y aquellos que lo hacen, muchas veces abandonan sus casos y, cuando obtienen asesoría legal, los llevan a los juzgados. 

Zonas francas

Según los indicadores del Banco Central, hasta el mes de mayo, existían en Nicaragua 43 empresas de zonas francas, en las que laboran 35,715 personas en empleos directos y 2,865 en empleos indirectos, para un total de 38,580 trabajadores, en su mayoría mujeres. 

En el año 2001, el CENIDH verificó en estas empresas que los principales problemas laborales eran malos tratos físicos en contra de mujeres trabajadoras, persecución antisindical por organizar sindicatos, e inestabilidad laboral por causas electorales. Todo esto se tradujo en suspensiones temporales de labores “por falta de demanda de productos”, lo que afectó a miles de trabajadores.

Solución del conflicto en la empresa Chentex Garment

En el Informe del año 2000 señalamos que excepcionalmente el CENIDH había decidido apoyar legalmente a los trabajadores de esta empresa con el interés de sentar jurisprudencia a favor de los derechos a asociarse libremente y de negociación de los trabajadores de las maquilas, conscientes de que la empresa y el MITRAB violaron los derechos humanos de los trabajadores y los dirigentes sindicales. Estos fueron despedidos violando el Código del Trabajo, ya que estaba en desarrollo un proceso de negociación de un pliego de peticiones y con pruebas infundadas. El CENIDH les elaboró una demanda de reintegro y pago de salarios dejados de percibir y un recurso de amparo administrativo.

Después de perder la demanda de reintegro en el Juzgado Segundo del Trabajo, el CENIDH apeló ante la Sala Laboral del Tribunal de Apelaciones Circunscripción Managua, autoridad que el 4 de abril emitió una sentencia por la que dio lugar al recurso de apelación, mandando a la empresa a reintegrar a los dirigentes sindicales despedidos. 
El tribunal desechó las “pruebas” presentadas por la empresa en contra de los trabajadores y se pronunció sobre la fuerza y privilegio del fuero sindical. No conforme con el fallo, la empresa interpuso el 5 de abril un recurso de aclaración y ampliación, pero el tribunal no dio lugar a los mismos, y ratificó que debía estarse a lo resuelto con anterioridad. 

Ua vez que quedó firme la sentencia, a petición de los trabajadores y sus organizaciones, el CENIDH se dispuso a activar las instancias judiciales para su cumplimiento. Para esto contamos con el apoyo del Comité Nacional Laboral que dirige Charles Kernaghan desde Nueva York. No obstante, la empresa, el MITRAB y diversos sectores sociales y políticos presionaron a los trabajadores para que negociaran a cambio de dinero, aduciendo que una ejecución de la sentencia ahuyentaría la inversión extranjera y de todas formas los sindicalistas serían perseguidos dentro de la empresa y hasta despedidos. Los trabajadores cedieron y el 10 de mayo, en la sala de conferencias del CENIDH, firmaron un acuerdo que ya venían negociando desde hacía varios meses, por el que ambas partes desisten de todos los juicios nacionales -excepto el de amparo administrativo-, e internacionales que se encuentran en trámite. Los trabajadores se comprometieron también a terminar la campaña internacional en contra de la empresa.

La empresa reintegró a cuatro de los once miembros de la Junta Directiva Sindical: Santiago de Jesús Villalobos, Carlos Peñas Padilla, Blanca Tórrez Zeas y Maura Parson, y se comprometió a recontratar periódicamente por un lapso de ocho semanas, a 17 trabajadores despedidos por ser miembros del sindicato de Chentex. En la realidad, los cuatro dirigentes sindicales reintegrados estuvieron en la empresa por un lapso menor a un mes, pues ésta les ofreció dinero a los sindicalistas y logró que se fueran y no reintegró a los trabajadores. El resto de los dirigentes sindicales recibió una suma de dinero considerable en concepto de pagos de salarios caídos, décimo tercer mes y vacaciones proporcionales, bonificación especial, más una doble indemnización. Por lo que hace al recurso de amparo, se encuentra en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en estudio y resolución.

Principales problemas en las maquilas

En la sección del derecho a la integridad física este Informe detalla algunos de los casos de trabajadores y trabajadoras que fueron agredidos físicamente por funcionarios nacionales y extranjeros de las empresas Roo Shing, Singbo Garment Factory, Metrogarment y Formosa Textil, por supuestas fallas de disciplina o por mala calidad del trabajo realizado. Todas estas empresas fueron multadas por los inspectores departamentales, pero al menos en dos casos la Inspectoría General del Trabajo revocó la sanción en procesos de apelación. 

A través de la Dirección de Asociaciones Sindicales, el MITRAB continuó admitiendo las impugnaciones en contra de la constitución de sindicatos y en contra de las juntas directivas sindicales en las empresas maquiladoras. En marzo, la CTN (a) -organización sindical que dirige un funcionario público-, impugnó a la Junta Directiva del sindicato afiliado a la Federación Textil-Vestuario que dirige Pedro Ortega, alegando irregularidades en la asistencia a la asamblea de elección. El MITRAB dio lugar a la impugnación, por lo que los trabajadores tuvieron que elegir nuevamente a sus líderes. 

Otro caso ocurrió el l6 de octubre, cuando la DAS no dio lugar a la inscripción de una directiva sindical del sindicato de la empresa Roo Shing Garment, afiliado a la misma Federación, por supuesto incumplimiento a los estatutos. Y aunque se estaba negociando un Convenio Colectivo, el MITRAB mandó archivar todo lo negociado. El CENIDH también recibió denuncias de los casos de la empresa tabacalera Natsa y de la maquiladora Formosa Textil. 

En este año, apreciamos una desmedida parcialidad de la Corporación de Zonas Francas CZF y del MITRAB a favor de la maquiladora Roo Shing Garment, pues quedó comprobado que no había cumplido con la implementación de medidas para el tratamiento de sus aguas industriales, contaminó el lago de Managua, no garantizó la higiene y seguridad ocupacional de los trabajadores y algunos de sus funcionarios agredieron físicamente a los trabajadores y aunque fue mandada a tomar medidas de higiene no las adoptó. Incluso el MITRAB multó en 2 ocasiones a la empresa. Debido a esta situación, el 22 de febrero ocurrió una intoxicación que afectó a más de 200 mujeres -presentaban incesantes diarreas, vómitos y deshidratación-, quienes habían ingerido alimentos contaminados por heces fecales, proporcionados por un comedor contratado por la empresa. 7 trabajadoras permanecieron más de un día internadas en un hospital por presentar mayores daños en su salud. El Ministerio de Recursos Naturales y del Ambiente MARENA y el MITRAB hicieron recomendaciones después de este accidente, pero en la práctica ha continuado la contaminación del ambiente y los malos tratos a los trabajadores.

Debido a que ya se les está venciendo el período de exoneración de impuestos y de conflictos laborales, algunas maquiladoras han decidido cambiar de razón social. Por ejemplo, la empresa Ronaco ahora se llama DIM, aunque el dueño es el mismo, de origen italo-norteamericano. La empresa Fortex, de capital taiwanés, ahora se llama Sinonica y los dueños son los mismos. 

En el mes de febrero llegó a Managua una delegación procedente de Estados Unidos de América, compuesta por los empresarios Anita y Gordon Roddick, propietarios de la red de tiendas The Body Shop y la miembro del Comité Nacional Laboral Barbara Briggs, quienes se entrevistaron con trabajadores de las maquilas, dirigentes sindicales, funcionarios de la embajada de Taiwán y finalmente en una conferencia de prensa realizada en el CENIDH dieron a conocer las graves violaciones a los derechos humanos y laborales de los trabajadores que habían comprobado en las maquilas y anunciaron que denunciarían esa situación en Europa y Estados Unidos.

A mediados del mes de diciembre, el CENIDH fue informado por dirigentes sindicales que la empresa Shu Shing, que debía incorporar a sus 750 trabajadores a laborar el 28 de diciembre, después de una suspensión temporal autorizada por el MITRAB, había solicitado autorización para su cierre definitivo y para cambiar su razón social, buscando así evitar la negociación de un Convenio Colectivo y hacer desaparecer al sindicato. Para el CENIDH, aunque ésta es una forma clara de evadir impuestos, las autoridades no tienen la voluntad de evitarla. 

Accidentes de trabajo

En el primer semestre del año el MITRAB programó la realización de 229 inspecciones técnicas de higiene y seguridad ocupacional. De 120 programadas en Managua ejecutó más, 142, de 25 en Chinandega ejecutó 20, de 24 en Estelí ejecutó 19, y de 22 en Granada ejecutó 25. El total de inspecciones ejecutadas fue de 237, para un 103% de cumplimiento. Estas inspecciones cubrieron a un total de 43,577 trabajadores, resultando de ellas 3,757 indicaciones y 199,791 afectaciones. Tanto en indicaciones como en afectaciones Managua captó el 60% de los casos. A partir de los problemas de higiene y seguridad ocupacional encontrados, se programaron 199 reinspecciones y se ejecutaron 114, para un 57% de cumplimiento. 

El 69% de estos trabajadores pertenecen a la industria manufacturera, la que se sigue caracterizando como la que acapara más accidentes de trabajo (53%), seguida de lejos por la de la construcción (10%). El 93% de trabajadores cubiertos en las inspecciones pertenecen al sector privado y están ubicados en un 78% en la zona urbana.

La mayoría de las infracciones de los empresarios están ubicadas en los bloques de condiciones generales de seguridad en las que se dio el 51% de indicaciones y el 37% de afectaciones. En el bloque de medidas organizativas se dio el 23% de indicaciones y el 50% de afectaciones. En el bloque de equipos de protección se dio el 22% de indicaciones y el 12% de afectaciones. Los porcentajes de corrección de las indicaciones en el bloque de condiciones generales de seguridad fue de 62% y respecto de las afectaciones fue de 63%. En el bloque de medidas organizativas el porcentaje de correcciones de las indicaciones fue de 53% y el de las afectaciones fue de 64%. En el bloque de equipos de protección el porcentaje de indicaciones corregidas fue de 62% y el de afectaciones de 63%. 

En 41 evaluaciones hechas por el MITRAB en el primer semestre del año se encontró que 17,833 trabajadores están expuestos a contaminantes ambientales, 11,907 de ellos en la rama de cuero, textil y calzado, donde se presentaron 10,854 afectaciones por contaminantes químicos, 3,921 afectaciones por ruido y 2,758 por escasa iluminación. De un total de 29,497 afectaciones, 20,663 ocurrieron en este sector económico.

El 5 de enero, el CENIDH recibió denuncia de una Asociación de ex-trabajadores del Ingenio San Antonio, quienes afirmaron que debido a la presencia de una sustancia llamada creatinina en sus cuerpos que les provocaba insuficiencia renal crónica, no eran contratados a laborar por el Ingenio. Que tal enfermedad la habían adquirido en su labor de cañeros, por lo que la consideraban profesional, pero el INSS no la tenía incluida como tal y que el MINSA no les estaba dando asistencia y medicinas. El CENIDH con posterioridad recibió a otra asociación que denunciaba lo mismo. 

Lo más grave del caso es que según los denunciantes en menos de 4 meses, 25 personas del sexo masculino habían muerto de esta enfermedad. El CENIDH se entrevistó con funcionarios del Ingenio, quienes dijeron que la empresa no tenía responsabilidades y que realizarían una investigación para determinar las causas de esta enfermedad. A petición del CENIDH la empresa contribuyó a reunir al MINSA, INSS y MITRAB en la ciudad de Chichigalpa, con la presencia de una delegación de trabajadores. A esas instituciones, el CENIDH les demandó la elaboración urgente de un estudio que permitiera combatir las causas de dicha enfermedad, que el MINSA enviara brigadas médicas y medicinas y que el INSS revisara los casos para determinar si ameritaban el otorgamiento de alguna pensión por invalidez total o parcial, permanente o temporal. 

Relativamente hubo respuestas de las autoridades con medicinas y resoluciones de pensiones, pero hasta la fecha no ha sido dado a conocer ningún informe de las investigaciones que permita evitar la persistencia de la enfermedad. Hasta el mes de agosto de 2,001, el CENIDH tenía un reporte de 100 personas muertas desde septiembre de 2,000.

El 21 de agosto, el Presidente de la República y el Ministro del Trabajo conmemoraron el Día Nacional de Higiene y Seguridad de los Trabajadores, que se celebra el 18 de agosto. El Ministro aseguró que Nicaragua cumple con los 22 convenios de la OIT ratificados por Nicaragua en materia de higiene y seguridad y que el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad había aprobado 18 normativas que incorporan esas regulaciones. En la celebración, el Presidente Alemán premió a 10 empresas “por su excelencia” y a 17 “por su mérito”. En el Comité Coordinador de este Consejo no están representados sindicalistas desafectos del gobierno.

En la empresa Maniversa no se organizaron Comisiones de higiene; en Camas Luna los trabajadores manipulan químicos sin protección; en la empresa pesquera Nafcosa -ubicada en Puerto Cabezas- y en Golf King -pesquera de Bluefields- no cambiaron el sistema eléctrico a los barcos, no se proporcionó a los trabajadores equipos de buceo óptimos y no se brindó profundímetro a los buzos; en Roo Shing Garments, una empresa italiana subcontratada ofreció alimentos contaminados con heces fecales a 400 trabajadoras; en Singbo Garments Factory no se adoptaron medidas de protección ni se entregaron medios de protección a los trabajadores. Todas estas empresas fueron denunciadas por los trabajadores y finalmente sancionadas por el MITRAB por estas causas, excepto la Golf King. 

Aunque no tiene las cifras del MITRAB sobre accidentes mortales, el CENIDH considera que este año disminuyeron. Erasmo Irigoyen Putoy, 20 años, ayudante de albañil y con 20 días de empleo, murió el 14 de agosto en labores de limpieza menor cuando un tubo de metal se desprendió y le dio en la cabeza. El mortal accidente ocurrió en la construcción del nuevo y lujoso edificio del grupo Pellas en Managua, por falta de medidas de protección, pues no estaban puestas redes en cada nivel para evitar la caída de objetos a través del ducto, y por falta de señalización y de orientación al personal, trabajando sin casco de protección. El fallecido no estaba asegurado y había sido subcontratado. 

El 4 de septiembre Henry Nazario Ramírez Mendoza, 38 años, murió en Mina El Limón cuando revisaba una fuga de aceite en un camión. Éste rodó y le provocó politraumatismos. El vehículo no fue acuñado y estaba en una pendiente.

A partir de la Ley de Emergencia para los trabajadores bananeros damnificados por el uso de pesticidas a base de DBCP (Nemagón-Fumazone), aprobada el año 2000 por la Asamblea Nacional, más de mil trabajadores nicaragüenses afectados en su salud e integridad física por este químico han interpuesto demandas en los tribunales por padecer esterilidad, cáncer e impotencia sexual, algunos de los efectos nocivos causados por este químico. Las transnacionales Shell Oil Company, Dow Chemical Company, Standard Fruit Company y Dole, tendrán que responder a esas demandas en Nicaragua o depositar fuertes sumas de dinero si desean que las demandas sean conocidas por tribunales en sus países de origen.

 

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