Informe solicitado por el PNC a la Direccion Nacional del Trabajo. Sobre quejas: constan 2 infracciones, una por no pago de capacitacion a dirigentes sindicales, la otra por no respeto a 14 trabajadores del descanso dominical.



1. INFORME DEL PUNTO NACIONAL DE CONTACTO DE CHILE SOBRE EL
CASO DE LA EMPRESA MULTINACIONAL MARINE HARVEST CHILE S.A.

Introducción
Este Informe corresponde al resultado del tratamiento del caso de
la Empresa Marine Harvest Chile S.A. ( en adelante MH) que fue cuestionada por dos
Organizaciones No- gubernamentales: Milieudefensie de Holanda y Ecocéanos de
Chile ( en adelante las ONGs), en el marco de las Directrices sobre las Empresas
Multinacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE)
Este Informe consta de tres capitulos y los anexos
correspondientes.
El capítulo I trata temas generales con el objetivo de contextualizar
los problemas abordados, se informa sobre el carácter del Punto Nacional de Contacto
(PNC), la política que éste desarrolla para implementar las Directrices y para el
tratamiento de casos específicos. Se informa además sobre la queja planteada, el
procedimiento seguido y las diligencias practicadas para analizar este caso.
El capítulo II, expone los antecedentes sobre los diversos aspectos
que este caso plantea. Se informa sintéticamente sobre las posiciones de las partes y
se exponen los antecedentes del PNC sobre cada tema, basados en documentos de
organismos públicos competentes, también de leyes y reglamentos.
En el capítulo III se formulan Recomendaciones tendientes a
sugerir soluciones a los problemas planteados.
Al final del Informe van los anexos que incluyen integralmente los
textos intercambiados por las partes a través del PNC y otros documentos importantes.
Finalmente debemos precisar que este informe se refiere
solamente a los temas tratados en la primera carta de las ONGs fechada en
Amsterdam el 20 de Agosto del 2002. Esta precisión es necesaria ya que en el
transcurso de este procedimiento se intercambiaron opiniones sobre otros temas
conexos. Sin embargo, ambas partes , han sugerido que el informe se limite a los
temas planteados en dicho documento. El PNC comparte esa opción.
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2 . Capítulo I
El caso Marine Harvest en el contexto de las Directrices de la OCDE
1.
El carácter de las Directrices de la OCDE
Chile, en tanto miembro observador de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE, adhirió, a la Declaración y Decisión del
Consejo de Ministros de la OCDE, del 27 de Junio del 2000. Instrumentos que
contienen un nuevo texto revisado sobre las " Directrices de la OCDE sobre la
Inversión Extranjera y Empresas Multinacionales" ( en adelante las Directrices), la
instauración y procedimientos para los Puntos Nacionales de Contacto y la supervisión
de éstos por parte del Comité de Inversiones Internacionales y de Empresas
Multinacionales.(CIME)
Dichas adhesiones suponen el compromiso del país de dar a
conocer las Directrices a todos los actores sociales e institucionales involucrados y, al
mismo tiempo, el Gobierno se compromete a velar por el cumplimiento de los
contenidos de estos instrumentos. Se trata de un compromiso político de buscar las
fórmulas para que estos contenidos se apliquen en el país. Las Directrices contienen
algunos principios generales y recomiendan objetivos a alcanzar en materias como:
políticas generales, transparencia, empleo y relaciones laborales, medioambiente,
lucha anticorrupción, intereses de los consumidores, ciencia y tecnología, competencia
y tributación.
Las Directrices son Recomendaciones cuya aplicación es voluntaria
respecto de las empresas. De ahí se deduce que es también necesario procurar que la
normativa nacional, de los países signatarios de éstas, sea similar a los requerimientos
que las Directrices contienen.
Por otra parte, su contenido y alcance debe ser comprendido
dentro de tres conceptos mayores: el Desarrollo Sustentable, la Responsabilidad
Social de las Empresas y el Diálogo Social de los actores sociales y de las
comunidades locales. Conceptos que son promovidos y forman parte de una
concepción general de la OCDE.
En ése marco las Directrices pueden constituirse en un
instrumento útil para elevar diversos estándares de la actividad económico-social
nacional.
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El mecanismo establecido para promover esos objetivos, en los
países que las suscriben, es el Punto Nacional de Contacto (PNC).
2. El carácter del Punto Nacional de Contacto de Chile.
El Punto Nacional de Contacto es una Instancia de Gobierno que
está radicada en el Departamento OCDE de la Dirección General de Relaciones
Económicas Internacionales (DIRECON) del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El PNC tiene importantes funciones a realizar. Se trata de las
funciones de Información y de Promoción de las Directrices, y del tratamiento de
casos específicos En este ámbito, el PNC, puede ser articulador de encuentros
sectoriales en que se perfilen acuerdos entre interlocutores sociales y comunidades
locales sobre determinados temas tratados en las Directrices.
En calidad de Comité Consultivo del PNC, funciona un Colectivo
formado por representantes de asociaciones empresariales, de trabajadores, de
consumidores, de organismos públicos y algunas Ongs. El PNC agradece a los
miembros de este comité las sugerencias planteadas para el mejor tratamiento de
este caso.
En el tratamiento de casos específicos sometidos al conocimiento
del PNC, que es una de sus funciones, dicho Comité cumple una función consultiva.
Es decir, se le informa sobre el contenido del caso y se reciben sus opiniones o
sugerencias.
En el tratamiento de casos el PNC está llamado a mediar entre las
partes, interponiendo sus buenos oficios, formulando recomendaciones para superar
conflictos o precisando el alcance de las normas contenidas en las Directrices. En sus
proposiciones, sin embargo, el PNC no puede sustituir a las instancias estatales con
competencia para conocer los temas presentados a su conocimiento. Sus opiniones
deben más bien fundarse en las certificaciones, antecedentes u opciones de dichas
instancias y, a partir de ahí, formular sugerencias o recomendaciones, basadas en
estos antecedentes y en las Directrices. Ese es el contexto en que el PNC debe actuar
para tratar de resolver, en todo o en parte, los problemas planteados.
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3.
El Caso de la Empresa Multinacional Marine Harvest S.A.
Dentro del marco anteriormente señalado, el PNC recibió, en
Septiembre del 2002, una queja de las ONGs, Milieudefensie, holandesa y el Centro
Ecoceanos de Chile . Queja
1
referida a algunos aspectos de las actividades de la
empresa salmonera Marine Harvest Chile S.A, filial de Nutreco, empresa multinacional
también de origen holandés.
La queja de las ONGs se refiere a tres aspectos:
1)
La relaciones laborales dentro de la Empresa MH.
2)
El carácter de la reserva de 5 millas del borde costero nacional en
beneficio de la pesca artesanal, y su relación con las concesiones
para la acuicultura de la Empresa MH.
3)
Algunos impactos medioambientales generados por la actividad
acuícola de la empresa MH.
Las ONGs Reclamantes son organizaciones reconocidas en sus
respectivos países e internacionalmente por sus actividades vinculadas a los temas
aquí tratados.
Milieudefensie, con sede en Holanda, tiene entre sus objetivos
principales contribuir a resolver problemas ambientales y conservar el patrimonio
cultural.
Por su parte, el Centro Ecoceanos de Chile se caracteriza
principalmente por promover la participación ciudadana, la protección de las costas, los
ecosistemas oceánicos y los recursos marinos.
La empresa Marine Harvest Chile SA es filial de la empresa
multinacional NUTRECO de Holanda, es líder en exportaciones de salmónidos de Chile,
especialmente, hacia el mercado americano. Sus actividades en Chile se encuentran
radicadas principalmente en las Regiones X y XI. Forma parte de un sector económico
muy dinámico dentro de la economía chilena, al punto que en los últimos meses las
exportaciones de salmón y trucha hacia los Estados Unidos de Norteamérica han
superado, en valor, a las exportaciones de cobre. En el primer semestre de este año
las exportaciones de salmón y trucha se dirigieron a Estados Unidos en un 45%, a
1
Los
textos completos tanto de la queja de las ONGs como la respuesta de MH se encuentran en anexos al
final de este Informe del PNC. Referirse a los anexos 1,2, 3 y 4.
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5
Japón en un 38%, a la Union Europea en un 6% ; alcanzando un monto de U$675
millones.
4. Procedimiento
adoptado
Para el tratamiento de este caso el procedimiento empleado es el
que proponen las Directrices, como Guía de Procedimiento. Éste consta de dos fases:
una, denominada "Evaluación inicial", consiste en un analisis de pertinencia de la
queja respecto al contenido de las Directrices y respecto a los antecedentes de
experiencia y seriedad de la parte reclamante; la otra es la fase, denominada: "Análisis
en profundidad".
Esta última consiste en recibir las argumentaciones de las partes,
solicitar asesorías o informes técnicos o verificaciones a organismos públicos o
privados especializados, también se puede solicitar alguna información a PNC de otros
países, ofrecer una mediación en busca de acuerdo sobre todas o algunas de las
cuestiones controvertidas y, finalmente , emitir un Informe que contenga la
conclusiones del PNC sobre los puntos controvertidos. Si hay acuerdos completos o
parciales entre las partes, dar cuenta de ello en el Informe Final. Eventualmente,
puede también formular recomendaciones para alcanzar un mejor cumplimiento de las
Directrices.
El PNC , para analizar el caso de la empresa Marine Harvest, ha
seguido dicho procedimiento.
El PNC recibió las argumentaciones escritas de las partes: la carta
de queja de las ONGs , la respuesta a ésta de parte de la empresa Marine Harvest
Chile, la réplica de las ONGs a la respuesta de MH y, finalmente, los comentarios de
MH a la réplica de las ONGs.
A su vez, el PNC solicitó y obtuvo informes escritos , sobre los
distintos aspectos de este caso, de los siguientes organismos estatales
competentes: de la Dirección Nacional del Trabajo, de la Subsecretaria de Pesca, de
la Comision Regional de la X Region del Medioambiente, de la Dirección Nacional del
Servicio Nacional de Pesca, de la Comisión Nacional del Medioambiente, de la
Dirección Regional (X Region) del Servicio de Nacional Pesca, de la Gobernación
Marítima de Pto. Montt (X Region), DIRECTEMAR, de la Direccion del Servicio de
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Salud de las Regiones X y XI , de la Dirección del Depto de Protección Pecuaria, del
Servicio Agrícola y Ganadero y de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Se recibió además información de los Puntos Nacionales de
Contacto de Holanda y de Noruega.
Para obtener precisiones sobre las opiniones de las partes y para
explorar posibilidades de acuerdos, el PNC se ha reunido con representantes de las
partes cuando lo ha estimado conveniente y cada vez que éstas lo han solicitado.
El PNC, para contar con elementos de información propios, visitó
algunos establecimientos de la empresa en Pto Montt , se entrevistó con dirigentes
sindicales de MH y con representantes de algunas asociaciones de Pto Montt. Esta
visita tuvo como objetivo una observación en terreno de un funcionario del Depto.
OCDE para que el PNC tuviera una referencia más directa , sin mediaciones.
Durante el período de preparación de este informe, el PNC ha
recibido la asesoría técnica de un experto en temas ambientales relacionados con la
pesca y la acuicultura.
Se deja constancia que las partes han mantenido una fluida
comunicación, vía e-Mail, con representantes del PNC y han dispuesto de plazos
suficientes y flexibles para trasmitir sus argumentaciones. Las partes involucradas
conocieron un Resumen Ejecutivo de este informe y formularon algunos comentarios
que se consideraron al redactar este documento.
Finalmente, el PNC destaca y agradece el hecho que las dos partes
involucradas en el tratamiento de este caso, hayan prestado amplia colaboración
para su desarrollo y término. En efecto, reconocieron el rol del PNC, proporcionaron
toda la información requerida y formularon proposiciones para superar los problemas
planteados.
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Capitulo II
Queja y Antecedentes Considerados por el Punto Nacional de Contacto
1. Sobre los aspectos laborales
1a. Síntesis de la queja de las Ongs
Que los trabajadores de Marine Harvest no tienen amplia libertad
para afiliarse al sindicato.
Que algunos trabajadores han debido firmar contratos en los que
se comprometen a no afiliarse a sindicatos.
Que Marine Harvest no permite que todos los sindicatos de la
empresa negocien en conjunto.
Que durante la negociación de Octubre del 2001 que terminó con
huelga, la empresa realizó despidos arbitrarios y no le proporcionó al sindicato la
información económica necesaria para formular sus reivindicaciones.
Que Marine Harvest Chile no cumple la recomendación de las
Directrices de la OCDE en orden a estimular a sus proveedores y subcontratistas para
que cumplan sus obligaciones laborales. Estiman que MH debiera realizar un esfuerzo
mayor a este propósito.
Resaltan las infracciones constatadas y los controles efectuados
por el organismo fiscalizador de asuntos laborales, según se desprende del Informe
de la Dirección Nacional del Trabajo.
Hacen notar la diferencia de carácter y de roles del sindicato y de
los grupos de trabajadores que se unen para la sola negociación colectiva.
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Manifiestan sorpresa acerca de la súbita baja de representación
del sindicato a partir de la huelga de Octubre del 2001.
1b. Síntesis de la respuesta de MH
Los trabajadores tienen plena libertad para asociarse o no al
respectivo sindicato.
Los trabajadores que se asocian para negociar colectivamente en
forma separada al sindicato, ejercen un derecho establecido en la legislación chilena.
La empresa no manipula la negociación colectiva y no realiza
prácticas antisindicales.
Los despidos con posterioridad a la huelga de Octubre 2001 se
justificaron por razones de seguridad y confianza, como consecuencia de actividades
de diversa índole, acaecidas durante la huelga de Octubre del 2001. Los despidos y
las indemnizaciones correspondientes se efectuaron con el control de la Inspección
del Trabajo de Puerto Montt.
Que en los contratos celebrados con empresas subcontratistas la
empresa incluye cláusulas relativas al cumplimiento de la normativa laboral y que
solicita informes a la Inspección del Trabajo al respecto.
Que el órgano fiscalizador, la Inspección Provincial del Trabajo de
Puerto Montt, no registra ninguna de las acusaciones de las Ongs Reclamantes.
La empresa no se explica cuál es problema que las ONG
denuncian.
<font color="red">Argumenta que en mas de tres a&ntilde;os se registran 24 actuaciones
del organismo fiscalizador, solamente en algunos casos hubo sanciones para la
empresa. Que no se registran reincidencias, que la empresa cumple con las
observaciones que el organismo fiscalizador le formula para resolver situaciones. </font>
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Que en la empresa hay tres sindicatos con los cuales "la
administración de MH se relaciona normalmente".
Que en los despidos (situación distinta a la ocurrida en Octubre
del 2001 con motivo de la huelga) que la empresa debió realizar coyunturalmente el
2002, por razones económicas, no hubo discriminación respecto a trabajadores
sindicalizados. Que se respetó la legislación vigente y se pagaron las indemnizaciones
correspondientes. Que la empresa "mantiene un Reglamento para actividades de los
contratistas y subcontratistas y solicita información laboral y previsional
correspondiente antes de su contratación e incluso durante su desempeño".
1c. Los antecedentes considerados por el del Punto Nacional de Contacto
Del informe de la Dirección Nacional del Trabajo
2
se desprende
que:
Respecto a quejas, es decir, actuaciones realizadas por terceros
que dan a conocer al Órgano Fiscalizador, posibles infracciones laborales ocurridas
entre noviembre de 1999 a Enero del 2003: se registran fiscalizaciones en seis casos;
dos con infracción.
Respecto a fiscalizaciones efectuadas, de oficio o programadas,
por la Inspección del Trabajo, en el mismo período: se registran cuatro; las cuatro
con infracción.
Las infracciones registradas en los dos párrafos precedentes no se
refieren a prácticas desleales o antisindicales del empleador, según las define el Art.
289 del Código del Trabajo.
2
Informe solicitado por el PNC a la Dirección Nacional del Trabajo. Sobre quejas: constan 2
infracciones, una por no pago de capacitación a dirigentes sindicales, la otra por no respeto a 14
trabajadores del descanso dominical.
Sobre fiscalización programada: constan 4 infracciones, las
cuatro por materias de orden, higiene y seguridad, una por no tener documentación en lugar de
trabajo. El Informe de la Dirección Nacional del Trabajo no constata otras infracciones que éstas,
desde el año 2000 al 17 de Enero del 2003. Este informe del PNC está basado en esa
información.Referirse al anexo 5.



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