España

1. CASO

5 de Julio de 2001

Tribunal Superior de Justicia de Extremadura España - Sentencia No 1223

Doña María del Carmen Caballero Fernandez fue sancionada con una multa de $150.000 pesetas porque su empresa, una panaderia no respetó el descanso dominical obligatorio como lo dispone el articulo 10 del Convenio Colectivo para la Industria de Panadería de la provincia de Badajoz, el cual dispone la prohibición de trabajar en domingo. [CLICK]

En otras palabras: las organizaciones de panaderos por un lado y las panaderias por otro firmaron un pacto que se llama convenio colectivo, entre las cosas que acordaron en el convenio está el no trabajar o abrir la panadería en día domingo. Esto vale como ley, y no hay necesidad de mas leyes o de pasar por el congreso legislativo porque con anterioridad ya se ha establecido que el domingo es el día obligatorio de descanso. Con esto se cierra la discusión y basta para que quienes quieran ganarse la vida de una manera justa trabajando en día domingo sean sancionados. [2MS163]

2. CASO

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SENTENCIA de 13-2-1985, núm. 19/1985

A) La señora Vila Costas, que prestaba servicios como estampadora especializada en la Empresa «Industrial Dik, Sociedad Anónima», no acató el descanso dominical en su empresa, por lo cual recibió el 9 de diciembre de 1982 carta de despido por abandono del puesto de trabajo y ausencias injustificadas. [CLICK]

En otras palabras: Si la persona obedece el deber ante Dios de guardar el día sábado, y a la vez seguir con su trabajo no va a encontrar ningún apoyo legal que le permita hacerlo, porque la libertad de conciencia ha sido restringida previamente mediante la unión de la iglesia con el estado se ha declarado mediante ley que el día domingo es el día de descanso general. Por tanto las leyes no lo protegen si la persona quiere coservar su creencia personal y mantener su trabajo tiene que abandonar su creencia y someterse a lo que otros han establecido.

3. CASO

El centro comercial Vialia en España es amenazado con una multa de $150.000 Euros por abrir los días domingos. Es acusado de violar la norma de horarios comerciales en la comunidad andaluza, sólo podía abrir un máximo de ocho domingos y festivos al año establecidos en el calendario acordado por la Comisión Interior de Comercio de Andalucía.

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